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miércoles, 28 de noviembre de 2018

Fútbol profesional, el “Deporte Rey”: ¿es el único deporte considerado como trabajo en nuestro país?

Yaitana Espinoza Bustos (*)

SUMARIO: 1. Introducción - 2.  Antecedentes – 3. Régimen laboral - 4. Los contratos laborales de los futbolistas - 5. Obligaciones del jugador - 6. Derechos laborales del jugador - 7. Deberes del Club - 8. Transferencia de jugadores – 9. Conclusión

RESUMEN: En el presente artículo se analizará el régimen laboral de los futbolistas profesionales en el Perú, siendo el único deporte que tiene una norma especial que regula la situación laboral de estos trabajadores, llamados, en este caso, “futbolistas”.

Palabras clave: fútbol / profesional / futbolista / jugador / club / deporte / futbolista profesional / régimen especial / régimen laboral del futbolista / deporte rey / transferencia /

1.    Introducción
El deporte como derecho se reconoce en la Carta Internacional de la Educación Física y el Deporte, en el año 1978 y desde entonces ha logrado grandes avances; pese a ello, el deporte ocupa un lugar ambiguo en el ordenamiento jurídico nacional, puesto que estamos frente una actividad que tiene diversas dimensiones, ya que es un espectáculo, una forma de realización personal, una actividad laboral y una empresa. De un lado, es un espectáculo público, por lo cual se relaciona con el derecho a la recreación de los miembros de la comunidad. De otro lado, los jugadores profesionales no sólo ejercitan el deporte como un medio de realización individual sino que son personas para quienes la práctica del deporte es una ocupación laboral, por lo cual esta actividad es una expresión del derecho a escoger profesión u oficio y cae en el ámbito  del derecho del trabajo y de la especial protección al mismo prevista por la Constitución[2].

Bajo esta premisa, se entiende que los deportistas profesionales desempeñan una actividad laboral, por tanto, es necesario prestar mayor atención a esta profesión, debido a que en nuestro país, a la fecha de hoy, el fútbol ha sido el único deporte que ha logrado un régimen laboral especial mediante la Ley N.° 26566. Esta norma tiene por objeto brindar mecanismos legales a los jugadores para el respeto y reconocimiento de su trabajo, disposición legal que  tratare en el presente artículo.

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Bachiller en Derecho por la Universidad Inca Garcilaso de la Vega, con diplomado en Derecho Laboral. Pasante en la Universidad de Jaén – España (2016), y actual miembro del staff de asesores de la Revista Actualidad Empresarial.
[2] Sentencia C-320/97, Colombia.